¿Cuáles son los límites de velocidad para vehículos de carga Joycar? Guía actualizada
Introducción
En Joycar Rent a Car, la seguridad y el cumplimiento de la normativa son prioritarios para todos nuestros usuarios. Por ello, es fundamental recordar los límites de velocidad establecidos por la Dirección General de Tráfico (DGT) para los vehículos de carga, especialmente para las furgonetas de nuestra flota: L1H1, L2H2 y L3H2. Este artículo te ofrece una guía clara y actualizada sobre los límites legales en autopistas, autovías y carreteras convencionales, para que conduzcas seguro y evites sanciones. Además, te explicamos cómo se clasifican estos vehículos y resolvemos las dudas más frecuentes sobre la normativa vigente.
¿Qué clasificación tienen las furgonetas L1H1, L2H2 y L3H2 de Joycar según la DGT?

Definición de vehículo mixto adaptable y su relevancia legal
- Un vehículo mixto adaptable es aquel que puede transportar personas y mercancías, con una masa máxima autorizada (MMA) igual o inferior a 3.500 kg.
- Su clasificación aparece en la documentación del vehículo, casilla “CL”.
¿Por qué es importante la clasificación para el límite de velocidad?
- La DGT establece límites diferenciados según la categoría y MMA del vehículo.
- Las furgonetas L1H1, L2H2 y L3H2 de Joycar suelen clasificarse como furgonetas de carga, lo que determina sus restricciones de velocidad.
¿Cuáles son los límites de velocidad para vehículos de carga en autopistas y autovías?
Límites generales para furgonetas y vehículos mixtos adaptables
- 90 km/h: Furgonetas y vehículos de carga (MMA ≤ 3.500 kg) en autopistas y autovías.
- 100 km/h: Solo para vehículos mixtos adaptables derivados de turismo, si así consta en la documentación.
Comparativa con otros vehículos
Tipo de vehículo | Autopista/Autovía | Carretera convencional |
---|---|---|
Turismo/Motocicleta | 120 km/h | 90-100 km/h |
Furgoneta/vehículo de carga Joycar | 90 km/h | 80 km/h |
Vehículo mixto adaptable | 100 km/h* | 80 km/h |
*Solo si figura como mixto adaptable derivado de turismo.
¿Qué límites aplican en carreteras convencionales y vías urbanas?
Carreteras convencionales
- 80 km/h: Para furgonetas y vehículos mixtos adaptables de hasta 3.500 kg.
- 70 km/h: Si transporta mercancías peligrosas o escolares, se reduce en 10 km/h.
Vías urbanas
- 30 km/h: En vías urbanas de un solo carril por sentido.
- 20 km/h: En calles de plataforma única (calzada y acera al mismo nivel).
¿Qué sanciones existen por exceder los límites de velocidad con vehículos de carga?

Multas y consecuencias legales
- Exceder los límites puede conllevar sanciones económicas y pérdida de puntos.
- Joycar repercute las multas y gastos administrativos al arrendatario según sus condiciones generales.
Importancia de cumplir la normativa para la seguridad y el contrato de alquiler
- El respeto a los límites de velocidad es obligatorio y forma parte de las condiciones de alquiler de Joycar.
- Incumplir puede suponer la anulación de coberturas y sanciones adicionales.
¿Qué recomendaciones y buenas prácticas ofrece Joycar para el uso seguro de sus furgonetas?
Consejos para mantener la seguridad y evitar sanciones
- Consulta siempre la documentación del vehículo para confirmar su categoría y MMA.
- Respeta los límites de velocidad en todo momento y adapta tu conducción a las condiciones del tráfico y la carga.
- Evita sobrecargar el vehículo y distribuye la carga de forma segura.
- Ante cualquier duda, contacta con el equipo de Joycar para asesoramiento.
Conclusión
Respetar los límites de velocidad establecidos para las furgonetas L1H1, L2H2 y L3H2 de Joycar no solo es una obligación legal, sino una garantía de seguridad para todos. Recuerda: en autopistas y autovías, la velocidad máxima es de 90 km/h para vehículos de carga, y en carreteras convencionales, de 80 km/h. Consulta siempre la documentación del vehículo y ante cualquier duda, cuenta con el equipo Joycar para asesorarte. Cumplir la normativa evita sanciones, protege tu seguridad y la de los demás usuarios de la vía.